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Artículo 3 de la Ley 13.335

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de $ 54.000.000 con el objeto de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27426 / 8280711.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los préstamos se invertirá en las siguientes obras: a) Compra de maquinarias para atender los servicios municipales ...... $ 10.000.000 b) Mejoramiento y ampliación del servicio de alumbrado público .......... 8.000.000 c) Aporte para la terminación de las obras de alcantarillado en Villa Alemana y Peñablanca ....... 8.000.000 d) Aporte extraordinario para la pavimentación de Villa Alemana y Peñablanca ................. 18.000.000 e) Construcción de un Mercado Municipal .......... 12.000.000 f) Obras de mejoramiento en el Estadio Municipal .... 2.000.000 g) Construcción de Piscina Municipal .......... 5.000.000 h) Plano regulador de la comuna ............... 1.000.000 ---------------- TOTAL ....................... $ 54.000.000 ================ La Municipalidad, en sesión extraordinaria especialmente citada y con el voto conforme de los cuatro quintos de los regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una obra en otra de las proyectadas, aumentar la partida para una si resultare insuficiente para su total ejecución con fondos de las otras o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras consultadas.