Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 13.335

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de $ 54.000.000 con el objeto de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27426 / 8280713.

Texto oficial

Artículo 5° En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias.