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Artículo 2 de la Ley 13.375

Crea y fija los limites de los departamentos de palena, aysen, coyhaique y chile chico y las de sus respectivas comunas-subdelegaciones, crea los servicios administrativos y judiciales que indica, establece a beneficio fiscal una contribucion adicional de un medio por mil sobre el avaluo imponible de los bienes raices ubicados dentro de los limites de los nuevos departamentos creados y autoriza el cobro adicional de un dos por mil, a beneficio de las municipalidades de chaiten y de chile, sobre el avaluo de las propiedades que quedan dentro del territorio de sus respectivas agrupaciones comunales, suprime, en las condiciones que señala, los grados y remuneraciones de los cargos de subdelegados de coyhaique y lago general carrera, ex buenos aires, autoriza al presidente de la república para fijar la fecha de las elecciones municipales extraordinarias en las comunas de chaiten y chile chico, cambia las denominaciones del lago, puerto y caserio que señala, por las que indica, modifica el articulo 1° del decreto con fuerza de ley 232, de 15 de mayo de 1932, que modifico las circunscripciones electorales determinadas por el decreto ley 543, de 19 de septiembre de 1925, para las elecciones de diputados y senadores.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27455 / 8280833.

Texto oficial

Artículo 2° El departamento de Palena se dividirá en las cumunas-subdelegaciones siguientes: 1a Chaitén, 2a Futaleufú, 3a Palena, con cabecera en los pueblos del mismo nombre, y 4a Corcovado, con cabecera en Pto. Raúl Marín Balmaceda, ex Pto. Palena, las que formarán una sola agrupación para los efectos municipales, con cabecera en la ciudad de Chaitén y cuyos límites serán los siguientes: Comuna-Subdelegación de Chitén Sus límites son: Al Norte, el canal Comau o Leptepú, desde el Golfo de Ancud hasta la desembocadura del río Vodudahue; el río Vodudahue, desde su desembocadura hasta su naciente, y el paralelo de la naciente del río Vodudahue desde la naciente de dicho río hasta la frontera con Argentina. Al Este, la frontera con Argentina, desde el paralelo de la naciente del río Vodudahue hasta la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del río Futaleufú; la línea de cumbres que limita por el Norte y Poniente la hoya hidrográfica del río Futaleufú desde la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica de este mismo río hasta la línea de cumbres que limita por el Norte y Oriente la hoya hidrográfica del estero Cascada; la línea de cumbres que limita por el Norte y Oriente la hoya hidrográfica del estero Cascada, desde la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya hidrográfica del río Futaleufú hasta la desembocadura del estero Cascada, en el lago Yelcho; el lago Yelcho, desde la desembocadura del estero Cascada hasta la desembocadura del estero sin nombre que desemboca al centro de la bahía de puerto Ramírez y tiene su origen en el Macizo Nevado; el estero sin nombre antes mencionado, desde su desembocadura en el lago Yelcho hasta su origen; la línea de cumbres, desde el origen del estero sin nombre antes indicado hasta la cumbre del Macizo Nevado y la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del río Frío, desde la cumbre del Macizo Nevado hasta la confluencia del río Frío con el río Palena. Al Sur, la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Frío, desde la confluencia del río Palena con el río Frío hasta la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del río Tic-Toc; la línea de cumbres que limita por el Oriente y Norte la hoya hidrográfica del río Tic-Toc, desde la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Frío hasta la cumbre del cerro Yeli; la línea de cumbres, desde la cumbre del cerro Yeli hasta el nacimiento del río Gil de Lemos, y el río Gil de Lemos, desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Golfo Corcovado. Al Oeste, el Golfo Corcovado y el canal Desertores, desde la desembocadura del río Gil de Lemos hasta el canal Comau o Leptepú. Comuna Subdelegación de Futaleufú Sus límites son: Al Norte y Este, la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya del río Futaleufú, desde la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya de este mismo río hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde la línea de cumbres que limita al Norte la hoya del río Futaleufú hasta la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya del río Enredadera. Al Sur y Oeste, la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya del río Enredadera, desde la frontera con Argentina hasta el nacimiento del estero Las Vertientes; el estero Las Vertientes, desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Futaleufú; el río Futaleufú, desde la desembocadura del estero Las Vertientes hasta la desembocadura del estero Nevado; el estero Nevado, desde su desembocadura en el río Futaleufú hasta su nacimiento en Macizo Nevado; la línea de cumbres que divide las hoyas hidrográficas del estero Cascada y el río Erazul, desde el Macizo Nevado hasta la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya del río Futaleufú, y la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya del río Futaleufú, desde la línea de cumbres que divide las hoyas hidrográficas del estero Cascada y el río El Azul hasta la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya del río Futaleufú. Comuna-Subdelegación de Palena Sus límites son: Al Norte, la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del estero Cascada, desde la desembocadura de dicho estero en el lago Yelcho hasta el Macizo Nevado; el estero Nevado desde su nacimiento en el Macizo Nevado hasta su desembocadura en el río Futaleufú; el río Futaleufú, desde la desembocadura del estero Nevado hasta la desembocadura del estero Las Vertientes; el estero Las Vertientes, desde su desembacadura en el río Futaleufú hasta su origen, y la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del río Enredadera, desde el origen del estero Las Vertientes hasta la frontera con Argentina. Al Este, la frontera con Argentina, desde la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del río Enredadera hasta la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del lago Palena. Al Sur y Oeste, la línea de cumbres que limita por el Norte y Poniente la hoya hidrográfica del lago Palena, desde la frontera con Argentina hasta la línea de cumbres que divide las hoyas hidrográficas de los ríos Palena y Figueroa; la línea de cumbres que divide las hoyas hidrográficas de los ríos Palena y Figueroa, desde la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya hidrográfica del lago Palena hasta la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Palena, aguas arriba de su confluencia con el río Frío; la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Palena, aguas arriba de su confluencia con el río Frío, desde la línea de cumbres que divide las hoyas hidrográficas de los ríos Palena y Figueroa hasta la confluencia del río Palena con el río Frío, pasando por el cerro Barros Arana; la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del río Frío, desde la confluencia de este mismo río con el río Palena hasta la cumbre del Macizo Nevado; el estero sin nombre que desemboca al centro de la bahía de Puerto Ramírez, y que tiene su origen en este macizo Nevado, desde su origen hasta su desembocadura en el lago Yelcho, y el lago Yelcho, desde la desembocadura del estero sin nombre antes mencionado hasta la desembocadura del estero Cascada. Comuna-Subdelegación de Corcovado Sus límites son: Al Norte y Este, el río Gil de Lemos, desde su desembocadura en el Golfo Corcovado hasta su origen; la línea de cumbres, desde el origen del río Gil de Lemos hasta la cumbre del cerro Yeli; la línea de cumbres que limita por el Norte y Oriente la hoya hidrográfica del río Tic-Toc, desde la cumbre del cerro Yeli hasta la línea de cumbres divisorias de aguas que van al río Palena, aguas arriba de la Angostura del Encajonado, en su curso medio, de las que se vierten al río Pitipalena por la otra; la línea de cumbres antes mecionada, desde la línea de cumbres que limita por el Norte y Oriente la hoya hidrográfica del río Tic-Toc hasta el río Palena en la Angostura del Encajonado; y la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del río Melimoyu, desde la Angostura del Encajonado hasta la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Palena, aguas abajo de su confluencia con el río Rosselot. Al Sur, la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Palena, aguas abajo de su confluencia con el río Rosselot, desde la línea de cumbres que limita por el Oriente la hoya hidrográfica del río Melimoyu hasta la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del canal Jacaf; la línea de cumbres que limita por el Norte la hoya hidrográfica del canal Jacaf, desde la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica del río Palena, aguas abajo de su confluencia con el río Rosselot hasta el canal Jacaf, y el canal Jacaf, desde la línea de cumbres antes mencionada hasta su confluencia con el canal Moraleda. Al Oeste, canal Moraleda, y el Golfo Corcovado, desde el canal Jacaf hasta la desembocadura del río Gil de Lemos. El grupo de las islas Gala, formado, entre otras, por las islas Gala, Toto, Chita, Gusanos, Harry y Rudy queda comprendido dentro de esta comuna-subdelegación.