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Artículo 1 transitorio de la Ley 13.434

Libera del pago de toda clase de impuestos fiscales, con excepcion de los que indica, a las propiedades que señala del circulo de veteranos del 79 y oficiales en retiro, club naval de valparaiso, club militar de chile y de la asociacion general de jubilados, viudas y montepios de las fuerzas armadas; asimismo, condona los impuestos con sus intereses penales, sanciones o multas que adeuden estas instituciones desde la fecha que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27471 / 5973069.

Texto oficial

Artículo transitorio. Condónase el pago de los impuestos a que se refiere el artículo único, conjuntamente con sus intereses penales, sanciones y multas, que adeuden el Círculo de Veteranos del 79 y Oficiales en Retiro, el Club Naval de Valparaíso, el Club Militar de Santiago y la Asociación General de Jubilados, Viudas y Montepíos de las Fuerzas Armadas, en Talcahuano, desde el 1° de noviembre de 1956."