Texto oficial
Artículo 61.- Los pequeños propietarios forestales
podrán organizarse para acogerse a los beneficios que
contempla esta ley mediante postulaciones colectivas,
efectuadas directamente o por sus organizaciones.
Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 274894 / 8676478.