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Artículo UNICO de la Ley 13.605

Libera de todo derecho, impuesto o contribucion la internacion de la partida de papel que indica, destinada a la editorial juridica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27528 / 5973316.

Texto oficial

"Artículo único. Libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto 2.772, de 18 de agosto de 1943 y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, la internación de una partida de 35.000 kilos de papel tipo "couché" blanco, sin pasta mecánica, cortado a tamaño 67x101 centímetros, con un peso unitario de 115 gramos por metro cuadrado, adquirida, por la Editorial Jurídica de Chile de la fábrica "Scangothia Kommanditbolag Olsson & Co., de Gothenburg, Suecia, que se embarcará por el mencionado puerto de Gothenburg. Dicho papel será destinado por la mencionada Editorial a la impresión de las obras a que se refiere el artículo 76° de la ley 12.084, de 18 de agosto de 1956".