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Artículo 1 de la Ley 13.609

Modifica la planta del personal del senado, camara de diputados, biblioteca del congreso nacional y modifica la leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27529 / 9044429.

Texto oficial

"Artículo 1° Modifícase, como sigue, la planta del personal del Senado: a) Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría un cargo de Secretario de Comisiones con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos. b) Créase, a continuación del Escalafón Profesional de Secretaría, el siguiente escalafón con los cargos y sueldos anuales que se indican: Escalafón de la Oficina de Informaciones _____________________________________________________ Cargo Sueldo N° de Sueldo Unitario Empleados Total Anual Anual ______________________________________________________ Jefe____________ E° 2.064 1 E° 2.064 Subjefe_________ 1.896 1 1.896 Ayudante 1°_____ 1.760 1 1.760 Ayudantes 2.os__ 1.572 2 3.144 ______________________________________________________ c) Créanse en el Escalafón de Servicio un cargo de Mayordomo 2°, y siete (7) cargos de Guardianes 3.os y, en el Escalafón de Comedores, dos (2) cargos de Mozos 5.os, todos con sueldos de los actuales cargos de igual denominación. El cargo de Mayordomo 2.° Guardaalmacén pasará a denominarse "Guardaalmacén" y el cargo de Mayordomo 2.° que se crea tendrá la misma renta de éste. d) En el rubro Cargos fuera del Escalafón, créanse tres (3) cargos de "Telefonistas 3.as" con sueldo anual de $ 491,880 cada uno.