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Artículo 25 de la Ley 13.911

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1960, en moneda corriente y en moneda extranjera reducida a dolares. destina fondos adquirir o edificar para la direccion general de impuestos internos en la ciudad de valparaiso, un inmueble en que se instalaran las oficinas de su dependencia; autoriza enajenar en las condiciones que indica, el inmueble fiscal que señala, ubicado en esa ciudad, debiendo destinar su producto al fin antes indicado; substituye los incisos 2°, 3° y 4° del articulo 1° y deroga el articulo 2° de la ley 12.073, de 19 de julio 1956, que elevo el monto de las costas personales que expresa, sobre el monto de los tributos y demás creditos que sobre el servicio de cobranza judicial de impuestos de valpariso, destinado el producto de este aumento a la universidad de chile con el fin que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27553 / 9044478.

Texto oficial

Artículo 25.o Se autoriza a la Empresa Marítima del Estado para invertir en sus necesidades generales la suma de E° 200.000,00 que las leyes de Presupuesto de los años 1956 a 1959 inclusive, destinaron a la construcción de una Maestranza en Angelmó, Puerto Montt. Asimismo, se declara que en los fondos consultados en 1959 en el ítem 17/07/07-1-2 a favor de dicha Empresa, se consideraron incluídos los gastos inherentes a la traída de las naves, abastecimientos y pertrechos.