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Artículo 6 de la Ley 13.925

Crea la comuna-subdelegacion de el tabo, en el departamento de san antonio, fija sus limites у establece la contribucion adicional que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27566 / 9702068.

Texto oficial

Artículo 6.o La presente ley regirá desde el 1.o de Enero del año siguiente a su publicación en el "Diario Oficial".