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Artículo UNICO de la Ley 13.944

Autoriza al presidente de la república para destinar al funcionamiento de una guarderia infantil del servicio nacional de salud el inmueble fiscal que indica, y cuyos deslindes señala, ubicado en la ciudad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27581 / 5973454.

Texto oficial

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para destinar al funcionamiento de una Guardería Infantil del Servicio Nacional de Salud el inmueble fiscal ubicado en calle Copiapó N° 779, de la ciudad de Santiago. La propiedad referida se encuentra inscrita a favor del Fisco a fojas 6.564, número 8.025, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1956, tiene una cabida de 255,64 metros cuadrados, y deslinda: al Norte, Oriente y Poniente, con propiedad de los señores Concha y Marambio, y al Sur, con calle Copiapó".