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Artículo 4 de la Ley 13.947

Autoriza expropiar en favor de la municipalidad de san fernando, los terrenos que indica y cuyos deslides señala, ubicados en esa comuna, con el fin de prolongar la calle que expresa de la misma ciudad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27583 / 8281066.

Texto oficial

Artículo 4° La expropiación se llevará a efecto de acuerdo con las normas establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil".