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Artículo UNICO de la Ley 13.956

Autoriza a la municipalidad de san pablo para transferir gratuitamente al fisco el terreno que indica y cuyos deslindes señala, el que sera destinado a la construccion de la nueva oficina de correos y telegrafos de esa localidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27590 / 8281110.

Texto oficial

"Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de San Pablo para transferir gratuitamente al Fisco el dominio de una parte del terreno ubicado en la comuna de San Pablo, del departamento de Osorno, que adquirió de la Sucesión de don Salustiano Vargas Soto, por escritura pública de 14 de enero de 1949, ante el notario de Osorno, don Rogelio Balladares C., e inscrita a fojas 137, N° 155, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año 1950. La superficie de la parte que se transfiere es de 633,92 m2, y tiene los siguientes deslindes especiales: al Norte, en 36,33 m., con sitio de la Sucesión de don Roberto Cares; al Sur, en 36,33 m., con resto del sitio de la Municipalidad; al Oriente, en 18 m., con sitio de don Belisario Santana, y al Poniente, en 18 m., con calle Bolivia. Esta transferencia se hace con el exclusivo objeto de que el inmueble sea destinado a la construcción de la nueva Oficina de Correos y Telégrafos de San Pablo, y si esta construcción no se iniciare dentro de dos años, contados desde que quede perfeccionada la transferencia al Fisco, se resolverá la transferencia y se restituirá su dominio a la Municipalidad de San Pablo, por el solo ministerio de la ley, sin cargo alguno para ésta".