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Artículo UNICO de la Ley 13.974 · Declara institucion nacional a la asociacion de girl guides de chile

Declara institucion nacional a la asociacion de girl guides de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27608 · idParte: 5973570

Texto oficial

"Artículo único. Declárase Institución Nacional a la Asociación de Girl Guides de Chile. La organización, dirección y fomento de ajustará a las disposiciones del decreto ley N.o 520, de Septiembre de 1925, y su reglamento, fijado por decreto supremo N.o 205, de 27 de Enero de 1926."