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Artículo 1 de la Ley 13.996

Autoriza a la municipalidad de rio bueno para contratar directamente uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 23.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27623 / 8281195.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Río Bueno para contratar directamente uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de veintitrés mil escudos (E° 23.000,00), al interés bancario correspondiente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.