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Artículo UNICO de la Ley 14.016

Condona las deudas de pavimentacion que tiene pendientes la iglesia parroquial y la escuela de su dependencia, de la comuna de renaico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27640 / 5973730.

Texto oficial

"Artículo único. Condónanse las deudas de pavimentación que tiene pendientes la Iglesia Parroquial y la Escuela de su dependencia, de la comuna de Renaico y que asciende en conjunto a la suma de E° 910,09".