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Artículo 2 de la Ley 14.031

Autoriza la ereccion, en la ciudad de talca, de un monumento a la memoria del capitan arturo prat chacon

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27647 / 5973756.

Texto oficial

Artículo 2° Para la aplicación de la presente ley deberá abrirse concurso público, el que será resuelto por una Comisión compuesta por el Intendente de la provincia de Talca, que la presidirá; por el Alcalde, por el Director de Arquitectura, por el Director del Museo Nacional de Bellas Artes, por los presidentes de los Clubes Rotario y de Leones de Talca, por el presidente de la Junta de Vecinos de la Población Oriente y por el presidente del Centro de Amigos del Arte de Talca. Esta misma Comisión fijará los requisitos que debe reunir el monumento y las demás bases del concurso, facultándosele para establecer los premios correspondientes, cuyos montos fijará.