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Artículo UNICO de la Ley 14.036

Autoriza al presidente de la república para que destine la propiedad fiscal que indica, y cuyos delindes señala, ubicada en el pueblo de lampa, al funcionamiento de la escuela n° 161, de ese pueblo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27650 / 5973764.

Texto oficial

"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para que destine al Ministerio de Educación Pública, para el funcionamiento de la Escuela N° 161 de Lampa, la propiedad fiscal ubicada en calle Baquedano esquina de Balmaceda del pueblo de Lampa, comuna del mismo nombre, departamento y provincia de Santiago, con una superficie de tres mil setecientos sesenta metros cuadrados (3.760 m2.), y que deslinda: Norte, con don José Manuel Carmona, antes Damián Navarro; Este, con calle Baquedano; Sur, con calle Balmaceda y Oeste, con don José Ahumada. La propiedad se encuentra inscrita a favor del Fisco a fojas 9,405, N° 16,867 del Registro de Propiedad de Santiago, del año 1953."