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Artículo 1 de la Ley 14.092

Autoriza a la municipalidad de santo domingo para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la suma de e° 70.000,00,

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27667 / 8281265.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Santo Domingo para contratar directamente con el Banco del Estado u otras instituciones de crédito uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de E° 70.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.