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Artículo 3 de la Ley 14.096

Auoriza a la municipalidad de el carmen para contratar prestamos que produzcan hasta la suma de e° 11.000,00,

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27670 / 8281291.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los empréstitos se invertirá en la instalación de la red de alumbrado del pueblo de El Carmen, y en el pago de las deudas pendientes con motivo de las obras de instalación de la misma.