Texto oficial
"Artículo único. Reemplázase el N° 3, del artículo 3° de la ley N° 13.915, de 16 de Febrero de 1960, por los siguientes, pasando el actual N° 4) a ser N° 5):
"3) Para continuar las obras
de reparación y modernización
del Mercado Central de Temuco _____________ E° 95.000
4) Para la reparación y
ampliación de la Pérgola,
ubicada en Avenida Pinto, entre
las calles Lautaro y Miraflores
de la ciudad de Temuco ____________________ E° 15.000".