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Artículo 1 de la Ley 14.143 · Autoriza a la municipalidad de lanco para contratar uno o varios prestamos

Autoriza a la municipalidad de lanco para contratar uno o varios prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27706 / 8281341.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Lanco para contratar uno o más empréstitos, directamente, con el Banco del Estado u otra instituición de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 25.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.