Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Lanco para contratar uno o más empréstitos, directamente, con el Banco del Estado u otra instituición de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 25.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.