Texto oficial
Artículo 3° El producto del o los préstamos se invertirá en la siguiente manera: E° 12.000 para el estudio y la construcción del alcantarillado en Lanco;
E° 3.000 para la compra de un tractor y un carro de arrastre para el aseo domiciliario y arreglo de calles;
E° 4.000 para la instalación de luz eléctrica en Malalhue; E° 4.000 para la instalación de agua potable en Melefquén y E° 2.000 para la reparación de edificios de propiedad municipal, compra de muebles y útiles de oficina.