Cambia nombre al ministerio de economia, modifica la leyes que indica, establece y aumenta los impuestos que señala, concede al presidente de la república las facultades que menciona y dispone coordinar la inversion de los recursos fiscales como tambien los recursos de las instituciones semifiscales de administración autonoma y empresas del estado orientandolos hacia los fines de reconstruccion y fomento de la produccion
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27714 / 8715360.
Texto oficial
Artículo 108° Introdúcense las siguientes
modificaciones en la ley 11.766, que creó el Fondo para la
Dotación y Construcción de Establecimientos para la
Educación Pública:
Suprímese el inciso 3° del artículo 4° y agrégase
al final del mismo artículo el siguiente inciso:
"Los dividendos correspondientes a las acciones que se
suscriban en conformidad a este artículo, se destinarán a
cumplir por intermedio de la Sociedad las mismas finalidades
establecidas en el artículo 19° de la ley 7.869 en la
proporción y forma que ese artículo establece."