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Artículo 6 del Decreto 222

Reglamenta la ejecución de la asignación fomento y desarrollo de prácticas profesionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 277234 / 8438048.

Texto oficial

Artículo 6º: De la Línea de Soporte Informático: La línea de Soporte Informático tiene por objeto el diseño, desarrollo e implementación de un portal web, cuya finalidad es convertirse en un medio de información y articulación eficaz entre la comunidad escolar, como también entre los diferentes niveles educacionales que abarca la formación técnica. Este portal web será la plataforma que alojará dos sistemas de seguimiento en línea: El primero, de seguimiento de los estudiantes de Educación Media Técnico Profesional en sus prácticas profesionales; y el segundo, de seguimiento de proyectos de fomento de prácticas profesionales de los establecimientos del artículo 1º del presente Reglamento, como instrumento de gestión de apoyo a la Línea de acción Proyectos Concursables. El Ministerio de Educación ejecutará esta línea a través del diseño, desarrollo, implementación y administración del portal web indicado. Los sistemas de seguimiento que contendrá aquél se desarrollarán en línea y en tiempo real, lo que permitirá contar con información pertinente y actualizada, por usuario y área geográfica, respecto del desarrollo del proceso de prácticas profesionales.