Texto oficial
Artículo 106. Autorízase la erección de sendos
monumentos en las ciudades de Lautaro y de Nueva Imperial, a
la memoria del Toqui Lautaro.
Establece los juzgados de letras de indios que señala y fija normas sobre division de comunidades, liquidacion de creditos y radicacion de indigenas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27739 / 8516885.