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Artículo 10 de la Ley 14.514

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1961, en moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27742 / 9044579.

Texto oficial

Artículo 10.o El personal de Carabineros del Servicio de Orden y Seguridad no podrá desempeñar otras funciones fuera de su servicio que las señaladas en los artículos 5.o y 44.o del DFL. N.o 22, de 1959 y en las condiciones que esos mismos preceptos indican, pudiendo sin embargo, actuar como Ministro de Fe en funciones relativas a Registro Civil.