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Artículo 26 de la Ley 14.514

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1961, en moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27742 / 9044595.

Texto oficial

Artículo 26.o Los fondos consultados correspondientes a la ley N.o 11,828, podrán ser excedidos hasta completar los rendimientos efectivos que produzca. Asimismo, se podrá girar contra los fondos de la ley N.o 11,828, a partir del 1.o de Enero de 1961.