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Artículo 2 de la Ley 14.515

Suspende el cobro de la contribucion territorial de los predios agricolas de la provincia de coquimbo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27743 / 5974100.

Texto oficial

Art�culo 2° Condónanse las sanciones por mora en el pago de contribuciones de propiedades agrícolas de la provincia de Coquimbo, anteriores al segundo semestre de 1960, siempre que dichas contribuciones sean enteradas dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley."