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Artículo 1 de la Ley 14.546

Restablece la plena vigencia de las disposiciones del decreto con fuerza de ley numero 22, de 1959

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27757 / 8281438.

Texto oficial

"Artículo único. Restablécese la plena vigencia de las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 22, de 1959, que hayan sido objeto de derogaciones o modificaciones. Las normas de dicho decreto con fuerza de ley prevalecerán sobre los preceptos generales, especiales o particulares, contenidos en otras leyes o decretos con fuerza de ley o sus reglamentos. Sin embargo, lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable a los artículos 62°, inciso tercero, 72, 88 y 89 del citado decreto con fuerza de ley".