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Artículo 14 de la Ley 14.582 · Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27779 / 9044674.

Texto oficial

Artículo 14.o Elévase a diez mil escudos (E° 10.000) la suma a que se refiere el artículo 22.o de la ley N.o 11,867.