Texto oficial
Artículo 4° Si por cualquiera causa no se diere cumplimiento a las finalidades de esta ley o expirare la persona jurídica, a que se refiere el artículo 1°, el predio que se transfiere volverá al dominio del Fisco."
Autoriza transferir al ejercito evangelico de chile la propiedad que indica y cuyos deslindes señala, ubicada en la ciudad de talcahuano, con el fin de que instale y haga funcionar en ella una escuela primaria.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27786 / 5974278.