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Artículo 2 de la Ley 14.595

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente los inmuebles fiscales que señala a las pequeñas hermanas misioneras de la obra don orione

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27789 / 5974285.

Texto oficial

Artículo 2° La Orden Religiosa beneficiada deberá destinar los inmuebles que se le transfieren al funcionamiento de una casa y escuela para niñas lisiadas indigentes. Si se destinaren las propiedades a otros fines, éstas volverán al dominio del Fisco."