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Artículo 2 de la Ley 14.641

Autoriza la emision de estampillas postales y aereas con las caracteristicas que indica, destinada a realzar la labor realizada al servicio de la enseñanza universitaria por monseñor carlos casanueva opazo y por don enrique molina garmendia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27832 / 8281598.

Texto oficial

Artículo 2° Las características de las estampillas, que serán de dos tipos diversos, tanto en las postales como en las aéreas, se determinarán por la Dirección General de Correos y Telégrafos, oyendo a las Universidades Católica de Chile y de Concepción."