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Artículo UNICO de la Ley 14.692 · Reemplaza el articulo 516° del código del trabajo.

Reemplaza el articulo 516° del código del trabajo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27879 / 5974640.

Texto oficial

"Artículo único. Reemplázase el artículo 516° del Código del Trabajo por el siguiente: "Artículo 516° El Juzgado de La Serena tendrá jurisdicción en el departamento de Coquimbo; el de Concepción en el de Talcahuano; el de Osorno, en el de Río Negro, y el de Puerto Montt, en el de Puerto Varas".