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Ley 14.817

Modifica las letras a) y c) del articulo 1° y reemplaza el articulo 3° de la ley 13.024, de 30 de septiembre de 1958, que autorizo a la municipalidad de providencia para contratar emprestitos con el fin de destinarlos al mejoramiento y ampliacion del servicio de aseo de la comuna; deroga el articulo 2° de la ley 14.124, de 19 de octubre de 1960, modificatoria de la ley 13.024, citada.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27896

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