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Artículo 12 de la Ley 14.821

Aprueba en la parte no vetada del proyecto de ley de presupuesto para 1962, el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1962, moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares; prorroga, por el termino de 90 dias, la iniciacion del periodo de inscripciones electorales extraordinarias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27900 / 9098754.

Texto oficial

Artículo 12. Las vacantes que se produzcan en las plantas permanentes de los distintos Servicios Públicos, serán llenados con el personal de la Planta Suplementaria Unica de la Administración Pública, hasta la extinción de ésta, siempre que posea la idoneidad necesaria, la que será calificada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. En la Provisión de las vacantes de la planta permanente con personal de la Planta Suplementaria Unica no se exigirán los requisitos establecidos por el artículo 14.o del DFL. N.o 338, de 1960.