Aprueba en la parte no vetada del proyecto de ley de presupuesto para 1962, el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1962, moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares; prorroga, por el termino de 90 dias, la iniciacion del periodo de inscripciones electorales extraordinarias.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27900 / 9098776.
Texto oficial
Artículo 34. Se declara que lo establecido en el artículo 47.o del DFL. N.o 47, de 4 de diciembre de 1959, será aplicable tanto a los decretos de fondos como los que ordenen un pago, entendiéndose que esta aclaración rige desde la vigencia del referido DFL.