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Artículo 9 de la Ley 14.824 · Establece normas de exportacion e importacion en los departamentos que señala

Establece normas de exportacion e importacion en los departamentos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27903 / 9060994.

Texto oficial

Artículo 9° Deróganse los artículos 12° y 26° de la ley 13.039. Sin embargo, seguirán rigiendo las bonificaciones establecidas en favor de los departamentos de Iquique y Pisagua, de acuerdo con lo ordenado por el artículo 40° de la ley 13.039.