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Artículo 10 de la Ley 14.832

Modifica la ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república numero 10.336; el decreto con fuerza de ley numero 338, de 1960, y las leyes numeros 10.223 y 10.343

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27911 / 8830646.

Texto oficial

Artículo 10. La Contraloría General de la República fiscalizará la correcta inversión de los fondos fiscales que cualesquiera persona o instituciones de carácter privado perciban por leyes permanentes a título de subvención o aporte del Estado para una finalidad específica y determinada. Esta fiscalización tendrá solamente por objeto establecer si se ha dado cumplimiento a dicha finalidad.