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Artículo 2 de la Ley 14.877

Autoriza a la municipalidad de navidad para expropiar el predio que indica y cuyos deslides señala para destinarlo a campo deportivo municipal al servicio de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27951 / 8281870.

Texto oficial

Artículo 2° La Municipalidad de Navidad destinará el inmueble expropiado en conformidad a lo dispuesto en el artículo anterior, a campo deportivo municipal al servicio de la comuna.