Modifica el d.f.l. numero 72, de 1960, la ley numero 10.383, el código sanitario, fija normas para encasillar al personal del servicio nacional de salud y prorroga el plazo para acogerse a los beneficios de la ley de continuidad de la prevision
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27973 / 8857471.
Texto oficial
Artículo 6° El personal a contrata y a jornal que haya ingresado al Servicio Nacional de Salud entre el 1° de Enero y el 31 de Marzo de 1962 tendrá preferencia para ocupar los cargos, vacantes que se produzcan en la planta permanente del Servicio e ingresará en el último grado del escalafón que corresponda a sus funciones.