Texto oficial
Artículo 3º.- La bonificación de E° 11 concedida en virtud de lo dispuesto en la ley N° 14.688, de 23 de Octubre de 1961, queda absorbida por la nueva renta que se fija como sueldo base mensual del grado 5º en el artículo 9º.
Fija el texto refundido del estatuto para los medico-cirujanos, farmaceuticos o quimico-farmaceuticos, bio-quimicos y cirujanos dentistas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28031 / 8715505.