Texto oficial
Artículo 2° Si dicha construcción no se iniciare dentro del plazo de dos años, contados desde la publicación de esta ley, los terrenos que se transfieren volverán al patrimonio de la Universidad de Concepción".
Autoriza a la universidad de concepcion para transferir gratuitamente al fisco el terreno que indica y cuyos deslindes señala, con el fin de destinarlo a la construccion de un edificio para la instalacion y funcionamiento de una casa de menores, dependiente del servicio nacional de salud.
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