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Artículo UNICO de la Ley 15.160

Concede las franquicias tributarias que indica al subdepartamento de bienestar social de la segunda zona naval, base naval de talcahuano.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28058 / 9000717.

Texto oficial

"Artículo único. Libérase de los impuestos que gravan los espectáculos públicos y del impuesto de cifras de negocios a los espectáculos que contrate y proporcione el Subdepartamento de Bienestar Social de la Segunda Zona Naval, en el Teatro y en cualquier recinto de la Base Naval de Talcahuano".