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Artículo 2 de la Ley 15.205

Fija las plantas de funcionarios del ministerio de agricultura y de los servicios de su dependencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28081 / 9079470.

Texto oficial

Artículo 2° Decláranse directivos los siguientes cargos individualizados en el artículo anterior: a) Los de Jefe Administrativo y Subjefe Administrativo de la Secretaría y Administración General; b) Los de Secretario General, Coordinador y Secretario y Jefe Administrativo del Consejo Superior de Fomento Agropecuario; c) Los de Jefe y Subjefe de la Oficina de Presupuestos y Jefes de Presupuestos de esta misma Oficina; d) El de Jefe Administrativo de la Dirección de Agricultura y Pesca; e) Los de Director y Subdirector del Departamento de Pesca y Caza, y f) Los de Asesor Administrativo de la Dirección de Agricultura y Pesca, consultados en su Planta Directiva, Profesional y Técnica.