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Artículo UNICO de la Ley 15.215

Declara exenta del impuesto que indica la donacion de un terreno y edificios en el existentes hecha en favor del cuerpo de bomberos de graneros.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28090 / 5975703.

Texto oficial

"Artículo único. Se declara exenta del impuesto establecido por la ley 5.427 sobre Herencias, Asignaciones y Donaciones, que harán en favor del Cuerpo de Bomberos de Graneros don José Francisco, don Jorge y don Eugenio Correa Montt, de un retazo de terreno y edificios allí existentes, comprendido dentro de los siguientes deslindes especiales: Norte, en 29 metros con Avenida La Compañía; Sur, en la misma dimensión con propiedad de los donantes; Este, en 60 metros con propiedad de los donantes, y Oeste, en 60 metros con propiedad de don Eduardo Berríos y otros. Este retazo es parte del inmueble de mayor extensión, denominado Hijuela N° 1 del Fundo Los Torunos, inscrito a fojas ochocientos ochenta y siete, número 1.097 del Registro de Propiedad del año 1949 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua".