Texto oficial
Artículo 70.o- Salvo prueba en contrario, las infracciones que se deriven del mal estado y condiciones del vehículo serán imputables a su propietario, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al conductor.
Fija el texto definitivo y refundido de la ley de organización y atribuciones de los juzgados de policía local
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28104 / 8979474.