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Artículo 5 de la Ley 15.236

Traspasa, suplementa y crea los item que indica del presupuesto de capital del ministerio de obras publicas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28106 / 7176034.

Texto oficial

Artículo 5° Créase en el Presupuesto de Capital para 1963, de la Dirección de Estadísticas y Censos, el ítem 07/03/100, Obras y Contratos Nuevos; traspásanse los E° 480.000 del ítem 07/03/104 "Compra de Casas y Edificios" al ítem 07/03/100 y pónense dichos fondos, sin mediar decreto supremo, a disposición del Ministerio de Obras Públicas para construir un edificio para la Dirección de Estadísticas y Censos".