Texto oficial
Artículo 35.o- El encasillamiento del actual personal
de la Oficina de Informaciones del Senado en los nuevos
cargos a que se refiere el artículo 31.o de la presente
ley, no se considerará como ascenso para los efectos del
beneficio establecido en el artículo 7.o de la ley N.o
12.405.