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Artículo 1 de la Ley 15.398

Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar un prestamo que produzca hasta la cantidad de e° 700.000 con el fin de destinarlos a la construccion de un gimnasio cubierto en esa ciudad; para su servicio establece una contribucion adicional de un uno por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28176 · idParte: 8282265

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Concepción para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias un préstamo que produzca hasta la suma de setecientos mil escudos (E° 700.000) a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.